SUSPENSIÓN DE PAGOS DE RETENCIONES Y ANTICIPOS CORRESPONDIENTES A RENDIMIENTOS E INCREMENTOS DEL EXTERIOR
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IMPORTANTE:
Por Resolución Nº 543/026, la Dirección General Impositiva (“DGI”) resolvió suspender el pago de las retenciones y de los anticipos correspondientes a los rendimientos e incrementos patrimoniales del exterior, devengados en enero de 2026.
Cabe recordar que, a través de sus artículos 653 y siguientes, la Ley Nº 20.446 de Presupuesto introdujo modificaciones al Impuesto a las Rentas de la Personas Físicas (“IRPF”), disponiendo la gravabilidad, por dicho impuesto, de los incrementos patrimoniales provenientes de entidades no residentes, con vigencia a partir del 1º de enero de 2026. No obstante, dicha normativa no fue reglamentada, motivo por el cual resulta de imposible aplicación.
Y si bien esta nueva Resolución de la DGI dispone la suspensión de los pagos de retenciones y de los anticipos por los rendimientos e incrementos devengados en enero de 2026, no establece si las retenciones y anticipos deberán efectuarse posteriormente (de forma retroactiva) ni la modalidad en que ello deberá efectuarse. Posiblemente, estos aspectos estén regulados en la reglamentación posterior.